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QUÉ HAGO SI ME ACCIDENTO? PDF Imprimir E-mail
Escrito por Fuente: Superintedencia de Riesgos de Trabajo   
Viernes, 14 de Agosto de 2009 10:39

 

¿QUÉ HAGO SI ME ACCIDENTO?


Debe informar el hecho ante su empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o enfermedad a la ART.
Última actualización el Viernes, 14 de Agosto de 2009 10:46
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La Corte decidió intervenir el cuerpo de peritos contables PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Martes, 29 de Diciembre de 2009 16:48

La Corte Suprema de Justicia, decidió intervenir el cuerpo de peritos contables

Por:  Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
En medio de la polémica por el sobreseimiento que benefició al matrimonio Kirchner, en una denuncia por supuesto enriquecimiento ilícito, la Corte Suprema resolvió intervenir el cuerpo de peritos contables, 
Última actualización el Martes, 29 de Diciembre de 2009 16:53
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AFIP - FACILIDADES DE PAGO 2009 PDF Imprimir E-mail
Escrito por Fuente Infobae   
Martes, 15 de Diciembre de 2009 16:50

El Gobierno lanzó este martes un nuevo plan de facilidades de pago de deudas impositivas, previsionales y aduaneras que incluye todas las obligaciones vencidas entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de octubre de este año, con la posibilidad de cancelarlo en hasta 24 cuotas.

Última actualización el Martes, 15 de Diciembre de 2009 16:57
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RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 2727 - AFIP PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Jueves, 17 de Diciembre de 2009 12:26

 RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 2727 - AFIP

Nuevo plan de facilidades de pago por obligaciones vencidas al 31/10/2009

Fecha de Norma: 15/12/2009

Boletín Oficial: 17/12/2009

Organismo: Adm. Fed. Ingresos Públicos

Jurisdicción: Nacional

VISTO:

La actuación (SIGEA) 10462-193-2009 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que es objetivo de esta Administración Federal facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias.

Última actualización el Jueves, 17 de Diciembre de 2009 19:54
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Qué licencias establece la ley laboral? PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Miércoles, 12 de Agosto de 2009 17:05


El trabajador gozará de las siguientes licencias:

a) Vacaciones: El empleador está obligado a otorgarle al trabajador un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por un plazo proporcional a la antigüedad del trabajador.

b) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos.

c) Por matrimonio, diez (10) días corridos.

d) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, de hijo o de padres, tres (3) días corridos.

e) Por fallecimiento de hermano, un (1) día.

f) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario.-

Asimismo, cada Convenio Colectivo de Trabajo puede establecer otras licencias o reducir las mismas.-

Consúltenos sin cargo, en caso de duda

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Última actualización el Miércoles, 12 de Agosto de 2009 17:07
 
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